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CAMEJO LAW FIRM

Estudio Dr. Camejo & Asociados

Guía · #INVERSION

Ciudadanía Argentina por Inversión: la guía completa

Camejo Law Firm — Estudio Dr. Camejo & Asociados · Última actualización: 2 de octubre de 2026

Esta guía explica, en lenguaje claro, el nuevo programa de Ciudadanía por Inversión de Argentina: qué ya es ley hoy, qué fue anunciado pero todavía no está reglamentado, cuánto cuesta cada vía, qué documentación conviene ir preparando y cómo lo acompañamos desde el estudio. La actualizamos a medida que el Gobierno publica la reglamentación oficial.

Resumen en un minuto. El 2 de octubre de 2026, el ministro de Economía, Luis Caputo, anunció en París el esquema de precios y el cronograma del nuevo programa argentino de Ciudadanía por Inversión (CBI, por Citizenship by Investment). Según lo informado, el lanzamiento operativo sería durante el cuarto trimestre de 2026, con dos vías posibles para el solicitante principal: aporte al Tesoro Nacional desde USD 350.000 (no reembolsable), o bono público de USD 800.000 (condiciones financieras todavía no publicadas).

Una familia tipo —solicitante principal, cónyuge y dos hijos menores— alcanzaría un total de USD 500.000 por la vía del aporte, según el ejemplo difundido oficialmente.

Es importante decirlo con claridad: estos montos son los anunciados públicamente, no una norma ya publicada. La base legal del programa sí existe y está vigente desde 2025; lo que todavía falta es la reglamentación operativa que fije en firme los instrumentos, los canales de pago y el procedimiento definitivo. Esta guía distingue en todo momento entre lo que ya es ley, lo que fue anunciado y lo que todavía está pendiente — para que cualquier decisión se tome con información precisa.

1. La base legal: esto no es un rumor, es una ley vigente

A diferencia de otros anuncios de ciudadanía por inversión que circulan en el mundo como simples promesas de campaña, el programa argentino ya tiene una base normativa real y en vigencia:

En otras palabras: el mecanismo legal para naturalizarse por inversión ya existe y está operativo desde el punto de vista normativo. Lo que se anunció el 2 de octubre de 2026 es el pricing y el cronograma de apertura — un paso comercial y operativo importante, pero distinto de la norma que todavía debe fijar esos montos en forma definitiva.

Quién interviene en la evaluación

OrganismoFunción
APCIRecibe la solicitud, evalúa si la inversión es "relevante", coordina la debida diligencia y eleva una recomendación fundada.
Dirección Nacional de MigracionesResuelve: otorga o rechaza la ciudadanía mediante acto fundado.
Ministerio de Seguridad NacionalInforma sobre seguridad y antecedentes.
Unidad de Información Financiera (UIF)Controla lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Secretaría de Inteligencia de EstadoEvalúa riesgos para la seguridad y los intereses nacionales.
Registro Nacional de ReincidenciaAntecedentes penales en Argentina.
RENAPERIdentidad, registración y documentación posterior al otorgamiento.
ARCAHabilita la obtención del CUIT una vez otorgada la ciudadanía.

El programa, tal como está diseñado, no es una simple transacción: es un expediente que pasa por varios organismos de control antes de resolverse.

2. Qué se anunció el 2 de octubre de 2026

Según la información difundida por IMI Daily —medio especializado en investment migration— a partir de declaraciones atribuidas al ministro Caputo durante Argentina Week en París, y confirmada en sus líneas generales por la cobertura de Forbes y por el comunicado institucional del consorcio asesor Latitude Group, el esquema anunciado es el siguiente.

Las dos vías para el solicitante principal

El solicitante principal elige una sola de las dos vías — no se combinan:

VíaMontoCaracterísticas anunciadas
Aporte al Tesoro Nacionaldesde USD 350.000Contribución no reembolsable. El capital no se recupera.
Bono públicoUSD 800.000Título de deuda creado específicamente para el programa. Se entiende que sería a 7 años y sin interés, aunque esta condición todavía no fue confirmada oficialmente.

Con cualquiera de las dos vías, el resultado buscado es el mismo: acceder a la ciudadanía argentina y, como consecuencia, al pasaporte.

Aportes adicionales por familiar

El bono cubre únicamente al solicitante principal. Los dependientes, en ambas vías, suman su propio aporte al Tesoro:

DependienteAporte adicionalCondición informada
CónyugeUSD 100.000Acreditar el vínculo matrimonial
Hijo/a de 18 a 25 añosUSD 100.000Soltero/a y sin hijos propios; no se exigiría acreditar dependencia económica
Hijo/a menor de 18 añosUSD 25.000Acreditar la filiación

Simulación de costos por composición familiar

Solo el caso de la familia tipo (USD 500.000) fue mencionado expresamente en los anuncios; el resto son cálculos propios del estudio sobre la base de esas mismas tarifas, y no incluyen honorarios profesionales, tasas oficiales, costos de debida diligencia, apostillas, traducciones ni gastos bancarios.

Composición familiarVía Aporte al TesoroVía Bono
Solicitante soloUSD 350.000USD 800.000
Principal + cónyugeUSD 450.000USD 900.000
Principal + 1 hijo/a menorUSD 375.000USD 825.000
Principal + cónyuge + 1 hijo/a menorUSD 475.000USD 925.000
Principal + cónyuge + 2 hijos/as menores (familia tipo, caso publicado)USD 500.000USD 950.000
Principal + 1 hijo/a de 18 a 25 añosUSD 450.000USD 900.000
Principal + cónyuge + 1 hijo/a de 18 a 25USD 550.000USD 1.000.000
Principal + cónyuge + 2 hijos/as de 18 a 25USD 650.000USD 1.100.000

Situaciones familiares que, al momento de esta guía, no están contempladas en lo anunciado y deberán confirmarse cuando salga la reglamentación: hijos mayores de 25 años, hijos de 18 a 25 que estén o hayan estado casados o que tengan hijos propios, ascendientes (padres, suegros), convivientes sin matrimonio, e hijos adoptivos o de un vínculo anterior del cónyuge.

¿Aporte o bono? Cómo pensar la elección

La diferencia entre las dos vías no es solo el monto nominal. En el aporte al Tesoro, el dinero se pierde: es un costo hundido. En el bono, el dinero se invierte en un título público — si efectivamente fuera a 7 años y sin interés, como se entiende pero todavía no está confirmado, el costo real para quien invierte no es el monto total, sino el costo de oportunidad de tener ese capital inmovilizado durante siete años en lugar de invertido en otro lado.

Dicho de otra forma: para alguien que valora su capital a una tasa de descuento baja, el bono puede terminar siendo la opción más económica en términos reales. Para quien exige un rendimiento alto a su capital, el aporte directo suele ser la alternativa más racional. Cuál conviene depende del perfil financiero de cada solicitante — es exactamente el tipo de análisis que conviene hacer antes de comprometer fondos, no después.

3. Qué controla el Estado antes de otorgar la ciudadanía

Pagar no garantiza el resultado. En ambas vías, la solicitud pasa por un proceso real de evaluación antes de que la Dirección Nacional de Migraciones resuelva. Las áreas de control anunciadas son:

  1. Identidad — documentación personal y familiar completa.
  2. Trazabilidad y origen lícito de los fondos — de dónde viene exactamente el dinero que se va a aportar o invertir.
  3. Patrimonio y situación financiera — cómo se formó el patrimonio del solicitante en su conjunto, no solo el monto puntual de la inversión.
  4. Riesgo jurisdiccional — países de nacionalidad, residencia fiscal y origen de los fondos.
  5. Antecedentes penales y reputacionales — certificados, procesos en curso, exposición política (PEP), sanciones internacionales y presencia en medios.
  6. Historial migratorio — visas obtenidas, denegadas o canceladas, y antecedentes de ingreso rechazado en otros países.

La página oficial del programa menciona además que la evaluación incorpora estándares de seguridad comparables a los que exige el Visa Waiver Program de Estados Unidos a terceros países. Es razonable anticipar, entonces, que el control de antecedentes y de origen de fondos será exigente — un expediente bien armado desde el principio vale más que apurar el trámite.

Todos los pagos, en cualquiera de las dos vías, deberán canalizarse por el sistema financiero formal, cumpliendo estándares de debida diligencia alineados con las recomendaciones de la OCDE y el GAFI.

4. Documentación que conviene ir preparando desde ahora

La APCI todavía no publicó el listado oficial y definitivo de documentos — eso es, en sí mismo, uno de los puntos pendientes de la reglamentación. Mientras tanto, sobre la base de las seis áreas de control ya anunciadas y de la práctica habitual en programas de inversión-migración en otras jurisdicciones, recomendamos empezar a reunir:

Identidad y estado civil. Pasaporte vigente (todas las páginas), documento de identidad nacional, partida de nacimiento, acta de matrimonio o divorcio si corresponde, documentación de los hijos y prueba de filiación.

Origen del patrimonio (Source of Wealth). Declaraciones impositivas de los últimos ejercicios, estados patrimoniales, documentación societaria y balances, contratos de venta de empresas, acciones o inmuebles, y la explicación coherente de cómo se formó el patrimonio en su conjunto — no solo el monto puntual que se va a aportar.

Origen de los fondos concretos (Source of Funds). Extractos bancarios de la cuenta de origen, trazabilidad desde el hecho que generó el capital hasta la cuenta que realizará el pago, y documentación de cualquier transferencia intermedia.

Antecedentes y situación migratoria. Certificados de antecedentes penales de cada país de nacionalidad y de residencia reciente (apostillados), historial de visas y residencias previas, y declaración de cualquier proceso judicial o administrativo relevante.

Estructuras societarias, si corresponde. Estatutos, registro de accionistas, organigrama hasta el beneficiario final, estados contables y documentación de trusts o fundaciones cuando el patrimonio esté estructurado a través de ellos.

Formalidades internacionales. Apostilla de La Haya o legalización consular según el país de origen de cada documento, y traducción pública al castellano cuando corresponda.

Cuanto antes se empiece a reunir esta documentación, más rápido se puede avanzar una vez que la reglamentación operativa quede publicada.

5. ¿A quién le sirve este programa?

El perfil de interesados que venimos identificando incluye, entre otros:

Una aclaración importante para este último grupo: obtener la ciudadanía argentina no elimina las obligaciones fiscales ni de reporte que un ciudadano estadounidense (o de cualquier otro país con tributación por renta mundial) ya tiene en su jurisdicción de origen. La planificación fiscal internacional debe tratarse con un asesor competente en ambas jurisdicciones — nosotros coordinamos el componente migratorio y cívico argentino, no el fiscal en el exterior.

6. Un punto legal que conviene conocer

Como estudio especializado, creemos que la transparencia sobre el estado real de la normativa es parte del servicio — no solo el entusiasmo comercial. Por eso vale la pena mencionar un antecedente judicial en curso: en junio de 2026, la Cámara Nacional Electoral dictó un fallo, todavía no firme, que cuestionó en un caso concreto que sea la Dirección Nacional de Migraciones —y no un juez— quien decida sobre el otorgamiento de la ciudadanía. Mientras ese fallo no quede firme, el circuito administrativo previsto por el Decreto 524/2025 sigue plenamente vigente y es la vía que el estudio acompaña. Pero es un antecedente que seguimos de cerca y que cualquier solicitante debería conocer antes de avanzar.

Del mismo modo, conviene ser cuidadoso con una confusión frecuente: haber comprado una propiedad, una empresa o haber hecho una inversión privada en Argentina no equivale automáticamente a cumplir los requisitos del programa de ciudadanía por inversión. El encuadre de qué constituye una "inversión relevante" todavía depende de la reglamentación que debe dictar el Ministerio de Economía. Si ya realizó una inversión en el país y quiere saber si puede encuadrar en este programa, es exactamente el tipo de consulta que conviene analizar antes de dar cualquier paso adicional.

7. Lo que todavía falta definir

Para ser honestos sobre el estado real del programa, esto es lo que, a la fecha de esta guía, todavía no fue publicado y debe confirmarse con la normativa operativa definitiva:

Nuestra recomendación de trabajo

Conviene empezar ya la preparación del expediente —identidad, origen del patrimonio, origen de los fondos, documentación familiar— pero no transferir fondos específicos del programa hasta que esté publicada la reglamentación oficial que confirme la vía, el instrumento, la cuenta receptora y el procedimiento definitivo.

8. Cómo lo acompañamos desde Camejo Law Firm

En Camejo Law Firm trabajamos la ciudadanía por inversión como lo que realmente es: un expediente jurídico, financiero y de cumplimiento normativo — no un simple trámite documental. Nuestro acompañamiento incluye:

Si ya tiene un caso en marcha, una inversión previa en Argentina, o simplemente quiere entender si este programa le conviene a usted o a su familia, el primer paso es una consulta inicial de viabilidad, donde evaluamos su situación puntual y le indicamos con precisión qué camino es el más adecuado.

Preguntas frecuentes

¿El programa de Ciudadanía por Inversión de Argentina ya está abierto para presentar solicitudes?

No todavía. Lo que existe hoy es la base legal (Ley 346 reformada por el DNU 366/2025 y el Decreto 524/2025) y el anuncio de precios y cronograma del 2 de octubre de 2026, con apertura operativa prevista para el cuarto trimestre de 2026. La reglamentación final que habilite la presentación de solicitudes todavía está pendiente de publicación.

¿Los montos de USD 350.000 y USD 800.000 son definitivos?

Son los montos anunciados públicamente por el Gobierno. La norma que los formalice en forma definitiva todavía no fue publicada, por lo que recomendamos tratarlos como una referencia sólida, pero no como un dato cerrado hasta la reglamentación oficial.

¿Puedo aportar los dos montos para acelerar el trámite?

No. El solicitante principal elige una sola vía: o el aporte al Tesoro, o el bono. No se combinan.

¿Qué pasa si mi solicitud es rechazada? ¿Me devuelven el dinero?

Todavía no está definido. En la vía del aporte al Tesoro, por tratarse de una contribución no reembolsable, el riesgo es relevante si la solicitud no prospera. Es uno de los puntos centrales que recomendamos aclarar en una consulta antes de transferir cualquier fondo.

¿La ciudadanía argentina me exime de mis obligaciones fiscales en mi país de origen?

No. La ciudadanía argentina no modifica por sí sola las obligaciones fiscales ni de reporte que usted tenga en otra jurisdicción. Ese análisis debe hacerlo un asesor fiscal competente en su propio país, en coordinación con el componente migratorio que trabajamos nosotros.

Ya compré una propiedad o una empresa en Argentina. ¿Eso ya me califica para el programa?

No necesariamente. El concepto de "inversión relevante" todavía debe ser definido en forma reglamentaria por el Ministerio de Economía. Una inversión previa puede ser un buen punto de partida, pero su encuadre dentro del programa específico de ciudadanía por inversión debe analizarse caso por caso.

¿Qué puedo hacer mientras se publica la reglamentación?

Empezar a reunir la documentación de identidad, origen del patrimonio y origen de los fondos, y hacer una consulta de viabilidad para entender con precisión qué vía le conviene. No recomendamos transferir fondos específicos del programa hasta que exista la norma oficial.

Fuentes

Esta guía refleja información pública disponible al 2 de octubre de 2026. Los montos y condiciones del programa pueden variar cuando se publique la reglamentación oficial definitiva. Nada de lo expuesto aquí constituye una garantía de resultado ni de plazo; cada caso requiere una evaluación individual.

Información del programa: fuentes oficiales consultadas el 12 de octubre de 2026. Información oficial y aspectos a verificar · English summary

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